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ACUERDO No.02 – de 2.018
POR EL CUAL SE CONVOCA A LA XX ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE DELEGADOS
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 61 del Estatuto Vigente de “COOPFISCALIA” y la Ley 79 de 1.988, el CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN reunido en sesión del día (10) de septiembre de 2.018, según consta en Acta No. 352, y de conformidad con lo decidido en la XIX Asamblea General ordinaria de delegados celebrada el pasado 17 de marzo de 2018 y en uso de sus facultades legales, estatutarias y reglamentarias.
Acta 335
Acuerdo No 30
Por el cual se establecen las normas y procedimientos para las líneas de Crédito de la Cooperativa de los Servidores de la Fiscalía General de la Nación, COOPFISCALÍA
EL CONSEJO DE ADMINISTRACION
De COOPFISCALÍA en uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo No. 74 del estatuto.
CONSIDERANDO
Que una de las actividades esenciales de la Cooperativa es la prestación de los servicios de Crédito a los Asociados y empleados de la Cooperativa.
Que es deber del Consejo de Administración reglamentar el funcionamiento de las diferentes líneas de crédito así como sus garantías de cumplimiento y las obligaciones de sus asociados y empleados.
Que se hace necesario actualizar las líneas y las políticas de crédito de acuerdo a la oferta y demanda que requieran los asociados y empleados con el fin de mejorar su calidad de vida conforme a la normatividad vigente.
Código de Buen Gobierno y de Ética
El presente Código de Buen Gobierno Cooperativo de COOPFISCALÍA es la
manifestación de la Administración, por medio de la cual se propone a todas las
personas que la componen, tener presente el debido cuidado y diligencia profesional
en todos sus actos administrativos, con el fin de tener en todo momento la confianza
y apoyo de los Asociados y la comunidad en general.
PROCEDIMIENTO COLOCACIÓN DE CRÉDITOS
1. ASESORÍA Los asesores brindan la información requerida a los asociados especificando que en el caso de NO aprobarse el crédito; la libranza, el pagaré y la carta de instrucciones serán anuladas con sello de Anulado y se archivara la solicitud en la carpeta del asociado. Es importante que el Asesor conozca el reglamento de crédito de la cooperativa para brindar una asesoría verídica y confiable a los asociados.
2. CONSULTAR LISTA DE EXCLUIDOS Para iniciar el proceso se debe consultar que el asociado NO se encuentra en la lista de excluidos. Si éste se encuentra en dicha lista no se podrá tramitar ningún servicio.
3. REVISIÓN DE CIFIN Con la fotocopia de la cédula o el documento original del asociado y la solicitud de crédito firmada (en donde se especifique la autorización de consulta a las centrales de riesgo), el asesor comercial deberá revisar la CIFIN del asociado, guardar el reporte en la carpeta de CIFIN que se encuentra en la red con nombre del asociado tal como aparece en la consulta, y enviarla por correo electrónico al auxiliar de crédito quien la imprimirá y la adjuntará a la solicitud de crédito. En la solicitud de crédito se debe especificar las carteras castigadas, la(s) entidad(es) que reportan, el valor del reporte, la fecha de consulta y la firma de quien realizó la consulta.