BENEFICIOS EN CONVENIOS:

NOMBRE O RAZON SOCIAL DESCRIPCION
PREVER EXEQUIAL
LOS OLIVOS EXEQUIAL
COLSANITAS SALUD
MEDISANITAS SALUD
EMI SALUD
AC SEGUROS POLIZAS
COOMEVA EDUCACIÓN

LÍNEAS DE CRÉDITO:

BENEFICIOS EN AUXILIOS:

1. Auxilio por fallecimiento del asociado, padre, madre, conyugue o hijo.

2. Auxilio por nacimiento de hijo del asociado.

3. Auxilio por incapacidad igual o mayor a 10 días.

4. Auxilio por desempleo del asociado.

5. Auxilio por matrimonio del asociado.

6. Auxilio por perdida total de la capacidad laboral del asociado.

7. Auxilio por calamidad (desastres naturales, actos terroristas, enfermedades graves o terminales).

1. Los créditos tienen como finalidad aportar al mejoramiento de la calidad de vida del asociado

2. Podrán acceder al servicio de crédito los asociados que cumplan con los siguientes requisitos:

a) Demostrar capacidad de pago.
b) Estar al corriente en sus obligaciones con la Cooperativa (Aportes, Créditos y Servicios).
c) No estar sancionado de acuerdo con el régimen disciplinario contemplado en el Estatuto.
d) Disponer del apalancamiento requerido según la línea de crédito solicitada
e) Su porcentaje de capacidad de endeudamiento utilizada no podrá ser superior al 50%.
f) Cumplir con las garantías solicitadas según la línea y tipo de crédito.
g) Cumplir con los parámetros y documentación solicitada.

3. Todos los asociados podrán acceder a créditos, dependiendo de su antigüedad con la Cooperativa y los parámetros de cada línea de crédito.

4. El otorgamiento de créditos estará sujeto a la disponibilidad de recursos por parte de la Cooperativa, por lo cual se programarán los desembolsos según el flujo de caja establecido.

5. Se aceptarán descuentos por nomina/Libranza, previa autorización del pagador de la entidad con la cual la Cooperativa tenga convenio.

6. Para evaluar la capacidad de pago de un deudor se debe contar con toda la información necesaria que permita determinar el nivel de ingresos y egresos; la información comercial y financiera.

7. Todos los demás factores y documentos que ha discreción de la Cooperativa, Coordinador de Crédito, Gerencia, Comité de Crédito, Comité Ejecutivo y/o Consejo de Administración, faciliten la colocación de los créditos, minimizando los riesgos para la Cooperativa.

También deberán cumplir con los siguientes requisitos:

1. Ser asociado hábil o haber gestionado su afiliación y tener su primer aporte.

2. Diligenciar personal y completamente la solicitud de crédito expedida por la Cooperativa, documentos como libranza, Pagare, Autorización de debito automático que se encuentra implícita en la solicitud de crédito y demás que sean solicitados por la Cooperativa.

3. Tener el Cupo disponible

4. Anexar mínimo la copia de los 2 ultimo desprendibles de nómina.

5. Ser consultado a las centrales de riesgo, con las excepciones establecidas en este reglamento.

6. Los descuentos por nomina no deben superar el 50% del del total devengado mensual, que se encuentre registrado en el desprendible de nómina.

7. Contar con capacidad de pago

8. Se exigirá garantía real cuando como resultado del análisis del crédito, esta se requiera. Dentro de análisis se tendrá en cuenta aportes, antigüedad, historial crediticio con la Cooperativa y Centrales de riesgo, riesgo del crédito, entre otros. Adicionalmente cualquiera de los entes de análisis y aprobación de créditos, podrá solicitar garantía real, si a su criterio y por los correspondientes análisis requiere garantía, a fin de garantizar adecuados niveles de cubrimiento para la cooperativa y la menor exposición al riesgo.

9. Todos los demás requisitos que ha discreción de la Cooperativa, Coordinador de Crédito, Gerencia, Comité de Crédito, Comité Ejecutivo o Consejo de Administración, faciliten la colocación de los créditos, minimizando los riesgos para la Cooperativa.

1. Ser asociado hábil o haber gestionado su afiliación y tener su primer aporte.
2. Estar al corriente en sus obligaciones con la Cooperativa (Aportes, Créditos y Servicios).
3. No estar sancionado de acuerdo con el régimen disciplinario contemplado en el Estatuto.